Responsabilidad
Para con las personas que reciben servicios profesionales
La Asociación "Red Española de Audiólogos Libres" se ha comprometido a un marco común de principios y normas de práctica profesional desde su formación.
El código de ética de la asociación se realiza para reflejar el estado actual de la práctica y abordar el trabajo y práxis de los profesionales.
El Código de Ética de REAL refleja los valores profesionales, el cumplimiento de la normativa vigente y el desarrollo de sus funciones asumiendo sus responsabilidades profesionales.
El Código de Ética es de obligado cumplimiento, ya que define y describe las funciones desempeñadas por el profesional. Se trata de un recurso sobre las normas y principios éticos que se esperan de los audiólogos y profesionales que forman parte de este sector sanitario.
Los miembros de REAL que prestan servicios en sus centros han de cumplir con el Código Ético.
Los fundamentos de la conducta ética se describen en los principios y normas de Ética
Para con las personas que reciben servicios profesionales
Por la propia competencia profesional
Responsabilidad ante el paciente, ante las personas y el público
Declaraciones específicas sobre el mínimo aceptable de conducta profesional
El Código de Ética tiene como objetivo proporcionar orientación a los miembros, a los profesionales que quieran formar parte y a los que quieran tomar decisiones relacionadas con la profesión.
Con este código se espera que los profesionales lo consulten y defiendan.
Las normas de ética son declaraciones específicas sobre lo que constituye el mínimo aceptable de conducta profesional
Se cumplirá con la responsabilidad de considerar primordial el bienestar de las personas que reciben nuestros servicios profesionales o que puedan participar en actividades académicas, de información o de asesoramiento.
El objetivo del audioprotesista es de la prevención, valoración, cuidado y mejora de la audición de sus pacientes. Se cumplirá con la responsabilidad de obtener y mantener el más alto nivel de rendimiento y competencia profesional.
El audioprotesista en su ejercicio profesional nunca hará distinciones por motivos de género, raza, religión, ideales políticos o posición social.
Se ejercerá la profesión con honestidad e integridad, proporcionando todos los servicios clínicos y realizando todas las valoraciones que corresponden con nuestras competencias.
El audioprotesista deberá poseer las calificaciones y conocimientos técnicos que le permitan asumir sus responsabilidades profesionales y cumplir las normativas vigentes.
El audioprotesista cuidará y comunicará al paciente, si fuese conveniente, la posibilidad de consultar a otro profesional audioprotesista especializado o a cualquier otro profesional sanitario.
Se utilizarán los recursos necesarios, incluido el envío a otro profesional o especialista o la colaboración entre profesionales cuando sea apropiado.
El audioprotesista garantizará la confidencialidad de toda la información relacionada con el paciente.
El audioprotesista promoverá el trabajo interdisciplinario mediante relaciones de comunicación y cooperación cordiales y profesionales con compañeros de profesión y de otras profesiones.
El audioprotesista informará al paciente de todos los servicios que se prestan, los posibles riesgos y efectos, la tecnología empleada y la información de los productos prescritos.
El audioprotesista prestará servicios o hará prescripción de adaptación cuando exista expectativa razonable de derivar beneficios al paciente.
El audioprotesista ejercerá criterio clínico independiente y basado en pruebas de valoración, dando siempre prioridad al mejor beneficio de la persona.

Su finalidad es el respeto y obtener resultados óptimos para las personas que se benefician de la labor de los audioprotesistas y demás profesiones relacionadas con la audiología.
"No todos los centros auditivos somos iguales"